30 de junio de 2026

Entra en vigor la lista pública de gasolineras con beneficios anómalos para facilitar reclamaciones ciudadanas

Este miércoles ha entrado en vigor la reforma del Real Decreto-ley 7/2026, una normativa diseñada para endurecer el control sobre el mercado de carburantes y reforzar los derechos de los consumidores, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Control de márgenes y lista pública

La medida central consiste en la creación de una lista pública por “comportamiento anómalo”, disponible en la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). En ella se identificarán las estaciones de servicio que hayan aumentado sus beneficios aprovechándose de las ayudas estatales, como los descuentos por litro derivados de la protección por la guerra de Irán.

Para alimentar esta lista, la CNMC supervisará los márgenes brutos de todas las estaciones. A diferencia de la normativa anterior, que solo obligaba a reportar datos a operadores con capacidad de refino en España, ahora todos los operadores al por mayor deben desglosar sus costes reales y precios de venta hasta el 31 de diciembre de 2026. El incumplimiento de este deber de información será considerado una infracción grave.

Nuevas obligaciones para las gasolineras

La inclusión de una estación en la lista pública servirá como base para que los usuarios presenten reclamaciones. Para ello, las gasolineras deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Canales de reclamación: Habilitar un medio de reclamación visible, accesible y gratuito, tanto en el establecimiento físico como en su página web, manteniéndolo activo hasta tres meses después de salir de la lista.
  • Responsabilidad compartida: En caso de que el precio haya sido fijado por un tercero, la estación deberá facilitar la identidad y el contacto del distribuidor mayorista.
  • Resolución de conflictos: Si la empresa rechaza la reclamación, deberá informar al consumidor sobre las vías extrajudiciales disponibles y los organismos competentes para resolver el conflicto.

Fuente: dsca.gob.es

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